Acuerdo relativo a la incorporación de manzanas 336, 340, 346, 347, 351, 354, 355, 356, 357, 358, 359, 360, 361 y 362 de la etapa 3 a la etapa 1, así como la ratificación de la autorización para venta de lotes de la etapa 1 del fraccionamiento denominado “Santuarios del Cerrito”, Municipio de Corregidora, Qro.

20 de abril de 2012 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 4537
GOBIERNO MUNICIPAL
El suscrito Ciudadano Lic. Edgar Gustavo Zepeda Ruiz, Secretario del Ayuntamiento de Corregidora, Qro., en
uso de las facultades que me confieren los artículos 47 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
Querétaro y 27 fracción XII del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Corregidora, Qro., hago constar y
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 24 (veinticuatro) de febrero de 2012 (dos mil doce), el H.
Ayuntamiento de Corregidora, Qro., aprobó el Acuerdo relativo a la incorporación de manzanas 336, 340, 346,
347, 351, 354, 355, 356, 357, 358, 359, 360, 361 y 362 de la etapa 3 a la etapa 1, así como la ratificación de la
autorización para venta de lotes de la Etapa 1 del Fraccionamiento denominado “Santuarios del Cerrito”,
ubicado en este Municipio de Corregidora, Querétaro, mismo que se transcribe textualmente a continuación:
H. Ayuntamiento de Corregidora, Qro.:
Con fundamento en los artículos 115, fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; 6, 9, fracción II, III, X, XV, y 15 de la Ley
General de Asentamientos Humanos; 1º, 13, 14 fracciones II y III, 16, fracciones I, XII, XIII y XIX; 17, 82, 83, 109,
111, 112, 113, 114, 119, 137, 138, 139, 143, 147, 154, fracción III, 155, del Código Urbano para el Estado de
Querétaro; 30, fracción II incisos d) y f), 38, fracción VIII, 121 y 122 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
Querétaro; 15 fracción XVII y 34, punto 1 fracción VIII del Reglamento Interior del Ayuntamiento de
Corregidora, Qro., corresponde al Ayuntamiento resolver el Acuerdo relativo a la incorporación de manzanas
336, 340, 346, 347, 351, 354, 355, 356, 357, 358, 359, 360, 361 y 362 de la etapa 3 a la etapa 1, así como la
ratificación de la autorización para venta de lotes de la Etapa 1 del Fraccionamiento denominado “Santuarios
del Cerrito”, ubicado en este Municipio de Corregidora, Querétaro, y;
C O N S I D E R A N D O
1. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 115, fracción V de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; y 30, fracción II de la Ley Orgánica
Municipal del Estado de Querétaro, en los términos de las leyes federales y estatales relativas, estarán
facultados para formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal;
autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones
territoriales; así como otorgar licencias y permisos para construcciones.
2. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17, fracción II del Código Urbano para el Estado de
Querétaro, los Ayuntamientos tienen la facultad de controlar y vigilar la utilización del suelo en sus
jurisdicciones territoriales de acuerdo a los Planes y Programas de Desarrollo Urbano Municipal, declaratorias
de uso, destino y reservas territoriales debidamente aprobados, publicados e inscritos en el Registro Público de
la Propiedad que corresponda, así como otras leyes o reglamentos aplicables.
3. Que en fecha 17 de mayo de 2011, se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento, escrito firmado por el Lic. Luis
Enrique Jácome García, apoderado legal de la empresa “Solución Productiva”, S. A. de C. V., mediante el cual
solicita someter a la aprobación del Ayuntamiento de Corregidora, Qro., la incorporación de las manzanas 336,
355, 356, 357, 358, 347, 346 y 354 de la etapa 3 a la etapa 1 del Fraccionamiento Santuarios del Cerrito,
ubicado en Camino a las Flores S/N, El Pueblito, Corregidora, Qro., así como la ratificación de la autorización
para venta de lotes de la etapa 1.
4. Que la sociedad mercantil denominada “Solución Productiva”, S. A. de C. V., acredita su legal constitución
mediante la Escritura Pública número 24,150 de fecha 26 de mayo de 1998, pasada ante la fe del Lic. Erick
Pulliam Aburto, titular de la Notaría Pública número 196 del partido judicial del Distrito Federal, e inscrito ante el
Registro Público de la Propiedad y del Comercio para el Distrito Federal, bajo el folio mercantil número 237523,
de fecha 9 de septiembre de 1998.

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