Reglamento de Protección Civil para el Municipio de San Juan del Río, Querétaro.

27 de marzo de 2015 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 4603
GOBIERNO MUNICIPAL
LIC. FABIÁN PINEDA MORALES, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE SAN JUAN DEL RÍO,
QUERÉTARO; CON FUNDAMENTO LEGAL EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115 DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 35 DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 31 FRACCIÓN I, 146, 147 Y 149 DE LA LEY ORGÀNICA
MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO.
CONSIDERANDO
I. Que nuestra Carta Magna precisa que los Municipios están dotados de autonomía para organizar la
Administración Pública Municipal y sus Ayuntamientos facultados, dentro de su respectiva jurisdicción,
para aprobar los Reglamentos que requiera esa organización, así como para regular las materias,
procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia; los cuales serán de observancia
general y obligatoria en su territorio.
II. Que el Municipio es el nivel de gobierno más cercano a su población y tiene la obligación de generar los
instrumentos normativos que permitan a la Administración Pública Municipal, responder a las necesidades
de nuestro tiempo.
III. Que el crecimiento poblacional de San Juan del Río, ha propiciado un mayor dinamismo en el desarrollo
de las actividades industriales, comerciales y de servicios, provocando una relación más compleja en el
ámbito de las actividades privadas y con ello la necesidad de una regulación y vigilancia más puntual por
parte de la autoridad municipal.
IV. Que dentro de la estructura que compone la Administración Pública de San Juan del Río, Querétaro,
existen diversas Dependencias Municipales y Entidades Paramunicipales que tienen entre sus
competencias y facultades la obligación de realizar las acciones necesarias para la protección de la
población, cada que ésta se encuentre en riesgo ya sea la causa que fuere, para de esa manera asegurar
la vida de los mismos sin descuidar en todo caso, el cumplimiento de la normatividad que debe en estos
casos ser apta y amplia para la defensa de la sociedad.
V. Que el accionar de las autoridades municipales, debe de realizarse siempre con total apego a los
principios de legalidad, sencillez, celeridad y buena fe, por lo que deben de buscarse mecanismos que
simplifiquen los procedimientos administrativos, procurando acotar el ejercicio de poder de la
Administración Pública Municipal y propiciando que la misma ejerza sus competencias con eficiencia y
eficacia.
VI. Que este Reglamento permitirá brindar procedimientos claros y efectivos que otorguen certidumbre
jurídica a los gobernados, en los casos en los que su seguridad personal y/o colectiva se encuentre en
peligro, así como los procedimientos e instancias administrativas que tienen como potestad facultad y/o
atribución la salvaguarda del bienestar personal y en el mejor de los casos patrimonial de la ciudadanía
dentro de éste Municipio.
POR LO ANTERIORMENTE EXPUESTO HAGO SABER A LOS HABITANTES DE ESTE MUNICIPIO DE SAN
JUAN DEL RÍO QUERÉTARO, QUE EL H. AYUNTAMIENTO DE ÉSTE MUNICIPIO, EN SESIÓN ORDINARIA
DE CABILDO, CELEBRADA EL DÍA 27 DE FEBRERO DE 2015, EN SU PUNTO SEXTO, INCISO F, DEL
ORDEN DEL DÍA, TUVO A BIEN APROBAR Y EXPÈDIR EL SIGUIENTE:
“REGLAMENTO DE PROTECCIÒN CIVIL PARA EL MUNICIPIO DE
SAN JUAN DEL RIO, QUERÉTARO.”
Pág. 4604 PERIÓDICO OFICIAL 27 de marzo de 2015
INDICE
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES DEL OBJETO Y FINES
CAPÍTULO II DE LAS AUTORIDADES COMPETENTES
CAPÍTULO III DEL SISTEMA MUNICIPAL DE PROTECCIÓN CIVIL
CAPÍTULO IV DEL CONSEJO MUNICIPAL DE PROTECCION CIVIL
CAPÍTULO V DE LA DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL
CAPÍTULO VI - DE LAS ATRIBUCIONES ADMINISTRATIVAS DE LA
DIRECCION DE PROTECCION CIVIL MUNICIPAL
CAPÍTULO VII DEL PLAN MUNICIPAL DE CONTINGENCIAS
CAPÍTULO VIII DEL FONDO DE EMERGENCIAS
CAPÍTULO IX DE LOS REFUGIOS Y ALBERGUES TEMPORALES
CAPÍTULO X DE LOS GRUPOS ESPECIALIZADOS DE ATENCION
A EMERGENCIAS
CAPÍTULO XI DE LAS VISITAS DE INSPECCIÓN
CAPÍTULO XII DE LAS MEDIDAS GENERALES DE SEGURIDAD
CAPÍTULO XIII DE LA SEGURIDAD EN ALBERCAS Y BALNEARIOS
CAPÍTULO XIV - DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD Y
PREVENCIÓN EN MATERIA DE PIROTECNIA
CAPÍTULO XV DE LAS ENTIDADES DE CAPACITACIÓN Y
CONSULTORIA
CAPÍTULO XVI DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
CAPÍTULO XVII DE LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS
CAPÍTULO XVIII DE LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS, DEL
RECURSO DE REVISIÓN
TRANSITORIOS
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES DEL OBJETO Y FINES
ARTÍCULO I.- El presente reglamento es de orden público e interés social y tiene como finalidad establecer las
normas y medidas necesarias; así como regular las acciones que en materia de protección civil se lleven a
cabo en el Municipio de San Juan del Río, Querétaro; tiene por objeto establecer las bases de integración,
coordinación y funcionamiento del Sistema Municipal de Protección Civil; la prevención, mitigación, auxilio y
salvaguarda de las personas, sus bienes, la propiedad pública y el medio ambiente; el restablecimiento y
funcionamiento de los servicios públicos indispensables y sistemas estratégicos en caso de emergencia y
desastre, provocados por riesgos geológicos, hidrometeorológicos, químico - Tecnológico, sanitario - ecológico y
socio-organizativos.
ARTÍCULO 2.- El presente Reglamento de Protección Civil para el Municipio de San Juan del Río, emana
de las facultades que se consagran en el artículo 115 de la Constitución Política de lo s Estados Unidos
Mexicanos a los municipios en materia reglam entaria así como de los programas de Protección Civil, de la
Ley general de Protección Civil para los Estados Unidos Mexicanos; de la Ley de Protección Civil del
Estado de Querétaro, de la Ley Orgánica del Estado de Querétaro, así como el Reglamento de Policía y
Gobierno Municipal y Reglamento de Inspección y Verificación del municipio de San Juan del o,
Querétaro.

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