Reglamento de la Contraloría Municipal de San Joaquín, Qro.

Pág. 13180 PERIÓDICO OFICIAL 28 de octubre de 2016
GOBIERNO MUNICIPAL
LA C. ANAYELY ÁLVAREZ SOTO, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE SAN JOAQUÍN,
QRO., HACE SABER A SUS HABITANTES QUE, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115
FRACCION II, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; Y 29, 30
FRACCIÓN I, 31 FRACCIÓNES IX Y XVIII, 146, 147, 149 Y 180 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL
ESTADO DE QUERÉTARO; Y
“Que de conformidad con los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos Fracción II y 148 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, los
Ayuntamientos se encuentran facultados para aprobar los Reglamentos que organicen la
Administración Pública Municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos
de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.
Que en la medida que son modificadas las condiciones socioeconómicas de los Municipios, los
Ayuntamientos deben crear, adecuar e integrar los ordenamientos legales necesarios para un eficaz y
eficiente modelo de gobierno.
Que dada la diversidad de funciones y responsabilidades que tiene encomendadas el Presidente
Municipal y ante la imposibilidad de brindar una atención directa a las actividades que realiza cada
una de las áreas que integran la Administración Pública Municipal, que le permita asegurar que éstas
se desarrollen con oportunidad, eficacia, transparencia y apego a la legalidad, programas y
presupuestos establecidos, se hace indispensable contar con una Contraloría Municipal que se
encargue del Control y Evaluación de las áreas referidas al interior de la Administración Municipal.
Que la Contraloría Municipal, tiene como fin primordial prevenir y evitar la corrupción e impunidad de
los Servidores Públicos de la Administración del Municipio de San Joaquín, Qro. A través de la
fiscalización, tanto para la evaluación de las Dependencias y Organismos Descentralizados
Municipales como del cumplimiento estricto de los deberes de los Servidores Públicos, ello de
conformidad con lo establecido en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado
de Querétaro.
Que si bien, el Ayuntamiento es el órgano máximo de Gobierno en el Municipio y el superior
jerárquico de toda la Administración Municipal para los efectos de la Ley de Responsabilidades de los
Servidores Públicos en el Estado de Querétaro, la Contraloría Municipal, garantiza y transparenta los
procedimientos de la Administración Pública Municipal, así como el manejo de los recursos.
Que a fin de salvaguardar la legalidad y seguridad jurídica de las determinaciones que llegare a dictar
la Contraloría Municipal, es menester dotarle a dicho órgano administrativo de las disposiciones
reglamentarias que norme no sólo el Órgano de Control Interno sino su estructura, atribuciones,
funciones, obligaciones y procedimientos para garantizar el cumplimiento eficaz de las funciones que
la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Querétaro confiere al
Honorable Ayuntamiento, y éste delegue en dicho órgano.
Que el presente reglamento permite el fortalecimiento de la gestión municipal, en base a principios de
legalidad y transparencia, así como brindar apoyo a las dependencias, entidades, organismos y
demás áreas de la Administración Pública Municipal, respecto de la correcta aplicación de los
recursos públicos y la realización de procedimientos y acciones conforme a las disposiciones
aplicables.”
Por lo anteriormente expuesto, el Ayuntamiento de San Joaquín, Qro., en sesión Ordinaria de Cabildo
número No. 25 de fecha jueves 06 de octubre del año dos mil dieciséis, tuvo a bien aprobar el
siguiente:

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