Reglamento del Rastro Municipal de Amealco de Bonfil, Qro.

12 de agosto de 2005 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 2429
LO TENDRÁ ENTENDIDO EL CIUDADANO GO-
BERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE QUERÉTARO Y MANDARÁ SE IMPRIMA,
PUBLIQUE Y OBSERVE.
DADO EN EL SALÓN CONSTITUYENTES DE
“1916-1917” RECINTO OFICIAL DEL PODER
LEGISLATIVO, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE
JULIO DEL AÑO DOS MIL CINCO.
ATENTAMENTE
LIV LEGISLATURA DEL ESTADO
DE QUERÉTARO
MESA DIRECTIVA
DIP. ALEJANDRO ENRIQUE DELGADO OSCOY
PRESIDENTE
Rúbrica
DIP. JOSÉ HUGO CABRERA RUÍZ
PRIMER SECRETARIO
Rúbrica
Lic. Francisco Garrido Patrón, Gobernador Consti-
tucional del Estado de Querétaro, en ejercicio de lo
dispuesto por el artículo 57 fracción I de la Constitu-
ción Política del Estado Libre y Soberano de Queréta-
ro Arteaga; expido y promulgo el presente Decreto
que reforma y adiciona diversas disposiciones del
Decreto que crea el Patronato de las Fiestas de
Querétaro; en el Palacio de la Corregidora, sede del
Poder Ejecutivo del Estado, el día once del mes de
agosto del año dos mil cinco, para su debida publica-
ción y observancia.
LIC. FRANCISCO GARRIDO PATRÓN
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO
Rúbrica
LIC. JOSÉ ALFREDO BOTELLO MONTES
SECRETARIO DE GOBIERNO
Rúbrica
GOBIERNO MUNICIPAL
C. Luis Franco Mejía, Presidente Municipal Consti-
tucional de Amealco de Bonfil, Querétaro, hace
saber a sus habitantes que con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 115 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, 83 de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de Querétaro Arteaga y 146 y 147 de la Ley Orgá-
nica Municipal del Estado de Querétaro, y
CONSIDERANDO
Que es indispensable sustituir el Reglamento
del Rastro Municipal y contar con un marco legal
adecuado, mediante el cual se organice en térmi-
nos de las leyes vigentes, la prestación del servicio
y la correcta aplicación del mismo, y una vez some-
tido a consideración se aprueba por unanimidad en
los siguientes términos:
Por lo anteriormente expuesto, el Ayunta-
miento de Amealco de Bonfil, en Sesión Ordinaria
de Cabildo de fecha 31 de Mayo de 2005, tuvo a
bien aprobar y expedir el siguiente:
REGLAMENTO DEL RASTRO MUNICIPAL DE
AMEALCO DE BONFIL, QRO.
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1.- Las disposiciones contenidas
en el presente reglamento son de orden público y
observancia general en todo el territorio del Munici-
pio de Amealco de Bonfil, Qro. y tienen por objeto
establecer las bases de organización y funciona-
miento del Rastro Municipal, así como las contra-
prestaciones de la ciudadanía en la utilización y
aprovechamiento de dicho servicio.
ARTICULO 2.- La prestación del servicio de
Rastro en el Municipio de Amealco de Bonfil, Qro.,
se prestara por el Ayuntamiento, a través de la
Secretaria del Ayuntamiento, en los términos del
presente reglamento y en apego a las leyes aplica-
bles en la materia.
La propia administración vigilara y coordinara
la matanza en el rastro y lugares que previamente
estén autorizados, por lo tanto las carnes que se
encuentren para su venta en las carnicerías u ex-
pendios similares, deberán contar con el sello del
rastro municipal, respaldados por el recibo de pago
de derechos municipales o en su caso el recibo
expedido por quien autorice el Ayuntamiento.
ARTÍCULO 3.- Para los efectos del presente
reglamento se considera como:
ANFITEATRO: Lugar donde se realiza el sa-
crificio, evisceración e inspección sanitaria de los

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR