ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DE QUERETARO QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE OPERATIVIDAD PARA EL ACCESO DE LOS PARTIDOS POLITICOS A LA RADIODIFUSION PUBLICA CORRESPONDIENTE AL AÑO 2008.

Extracto


ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DE QUERETARO QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE OPERATIVIDAD PARA EL ACCESO DE LOS PARTIDOS POLITICOS A LA RADIODIFUSION PUBLICA CORRESPONDIENTE AL AÑO 2008.

20.- Que el artículo 44 del Reglamento Interior del Instituto Electoral de Querétaro establece: "Los integrantes de las comisiones transitorias, deberán elegir un presidente, un secretario y un vocal, sin que puedan recaer dichos cargos en representantes de partidos políticos o coaliciones".

21.- Que el artículo 45 del Reglamento Interior del Instituto Electoral de Querétaro estipula: "Las comisiones transitorias tendrán la competencia y atribuciones que la Ley o el Consejo determinen".

22.- Que el artículo 46 del Reglamento Interior del Instituto Electoral de Querétaro menciona: "Las comisiones transitorias deberán emitir su proyecto de dictamen dentro del plazo o en el término que la Ley o el Consejo determinen, el que deberá rendir al Consejo, por conducto de la Secretaría Ejecutiva".

23.- Que el artículo 47 del Reglamento Interior del Instituto Elect...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex México

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía