Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Querétaro.

Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro núm. 55, 31 de Julio de 2009Querétaro › COMISIÓN ESTATAL DE INFORMACIÓN GUBERNAMENTAL DEL EDO. DE QUERÉTARO

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Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Querétaro.

LIC. FRANCISCO GARRIDO PATRÓN,

Gobernador Constitucional del Estado de Querétaro, a los habitantes del mismo, sabed que:

LA QUINCUAGÉSIMA QUINTA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17 FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO, Y

CONSIDERANDO

1.

Que en lo referente a la protección, respeto y garantías de los derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes, el sistema jurídico de la República Mexicana, se sustenta en el componente dogmático de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, particularmente en el párrafo sexto del artículo 4o., cuya ley reglamentaria es la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 29 de mayo del año 2000, así como en los Convenios Internacionales signados por el Presidente y ratificados por el Senado.

2.

Que en el marco legal de nuestra Entidad, la Constitución Política del Estado de Querétaro, en su artículo 3 párrafo segundo, señala que el Estado adoptará las medidas que garanticen la no discriminación del individuo y propicien el desarrollo físico, emocional y mental de los menores, de los jóvenes y de todos aquellos que por circunstancias particulares lo requieran.

3.

Que corresponde al Poder Ejecutivo del Estado la rectoría del desarrollo en la Entidad, cuyo fin sustantivo es el progresivo mejoramiento de las condiciones económicas y, en general, el robustecimiento de los derechos humanos universales, en un marco democrático que comparta la equidad, la justicia, la libertad y la solidaridad.

4.

Que aún cuando las instituciones del Estado han encaminado sus esfuerzos al logro del pleno ejercicio de los derechos fundamentales de las mujeres, hombres y, en general, de la familia y que en este proceso se han involucrado diversos sectores de la sociedad, todavía no se han logrado los ideales de justicia social para todas las personas, por lo que siguen vigentes reclamos ancestrales como la erradicación de la extrema pobreza, entre otros. Ante tales circunstancias, se hace indispensable redoblar esfuerzos del Poder Ejecutivo del Estado y de los sectores de la sociedad queretana que se han encaminados a abatir el rezago en el que se encuentran familias enteras, principalmente por la imposibilidad de los padres para brindar a sus hijos la protección que requieren.

5.

Que como consecuencia de factores indeseables de las transformaciones económicas, políticas y sociales, causadas por la adopción de renovados paradigmas mercantiles, en el contexto de un mundo globalizado, se han generado nuevas formas de interdependencia entre los países.

6.

Que estas nuevas políticas se ha expresado en aumento en la eficiencia, productividad y la rentabilidad de las grandes empresas; sin embargo, también han producido desajustes estructurales que tuvieron resultados adversos, como lo es la disminución del alcance de las funciones del Estado, traducida en el recorte del gasto social e impactando los sectores educativos y de salud, pilares fundamentales del bienestar familiar de gran parte de la sociedad queretana, lo que constituye una situación de abandono, exclusión social y pauperización de los grupos más vulnerables.

7.

Que como consecuencia de ello, no sólo se priva a la infancia y a la adolescencia de sus posibilidades de sano desarrollo físico, mental y social, en el seno de una familia que les brinde seguridad, amor, comprensión y felicidad, sino que es más propicia para que, se les explote laboral o hasta sexualmente, se les discrimine, maltrate, violente, abuse o abandone, condición que puede desencadenar en hábitos desfavorables, tales como el consumo del alcohol y drogas, entre otros.

8.

Que no se puede soslayar que el maltrato y la violencia contra las niñas, niños y adolescentes, es efecto de múltipl...

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