Acuerdo por el que se autoriza la condonación del impuesto predial de diversos inmuebles propiedad de las CC. Ángela Paulín Cosío y María Toribia Trejo Hernández. Municipio de Querétaro, Qro.

25 de abril de 2014 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 4861
GOBIERNO MUNICIPAL
El que suscribe Lic. José Ernesto Bejarano Sánchez, Secretario del Ayuntamiento de Corregidora, Qro., en uso de las
facultades que me confiere el artículo 15 fracciones I, IV y V del Reglamento Orgánico de la Administración Pública de l
Municipio de Corregidora, Querétaro, hago constar y;
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 28 (veintiocho) de marzo de 2014 (dos mil catorce), el H. Ayuntamiento
de Corregidora, Qro., aprobó por Unanimidad el, Acuerdo por el que se autoriza la condonación del Impuesto Predial
de diversos inmuebles propiedad de las CC. Ángela Paulín Cosío y María Toribia Trejo Hernández, mismo que se
transcribe textualmente a continuación:
“Miembros integrantes del Ayuntamiento de Corregidora, Qro.:
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 115, fracciones I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 35 fracción I de la Constitución Política del Estado de Querétaro; 1, 2, 3 y 22 de la Ley de Hacienda de los
Municipios del Estado de Querétaro; 30 fracción XII, 31, 93, 102 fracción I y 105 de la Ley Orgánica Municipal del Estado
de Querétaro; 48 fracción III del Código Fiscal del Estado de Querétaqro;1, 5, fracciones II y XI, 18 fracción I, y 37 del
Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Querétaro; 2; 15 fracción I y III del Reglamento Interior
del Ayuntamiento de Corregidora, Qro., corresponde a este H. Cuerpo Colegiado conocer y resolver el Acuerdo por el que
se autoriza la condonación del Impuesto Predial de diversos inmuebles propiedad de las CC. Ángela Paulín Cosío y
María Toribia Trejo Hernández., y;
C O N S I D E R A N D O
1. Que el Municipio tiene personalidad jurídica y patrimonio propio, tal como lo establecen la Constitución Política de l a
Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 115, así como la propia del Estado. El patrimonio del Municipio lo constituyen
los bienes muebles e inmuebles, recursos e inversiones, así como por los derechos que tenga establecidos a su favor, y
que destine o afecte en forma permanente a la prestación directa o indirecta de los de los servicios públicos o a la
realización de sus objetivos o finalidades de política social o económica.
2. Que los Ayuntamiento son competentes para celebrar en los términos que establece la Ley Orgánica Municipal del
Estado de Querétaro, convenios con otros Municipios, con el Estado y los particulares, a fin de coordinarse y asociarse
para la más eficaz prestación de los servicios públicos o el mejor ejercicio de las funci ones que les correspondan, o para
cualquier otro aspecto de índole administrativo que requiere de auxilio técnico u operativo.
3. Que mediante lo establecido en el artículo 12 de la Ley de Hacienda de los Munici pios del Estado de Querétaro, los
presidentes municipales son solidariamente responsables con los titulares de las dependencias encargadas de las
finanzas públicas municipales, respecto de la vigilancia y control que deben ejercer p ara lograr la mayor recaudación en
sus jurisdicciones y también para conseguir que los ayuntamientos obtengan las percepciones que legítimamente les
correspondan.
4. Que de conformidad con el artículo 102 fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro pronuncia lo
siguiente:
Articulo 102. Son autoridades hacendarias las siguientes:
I. El Ayuntamiento;… “
5. Que el titular de la Dependencia encargada de las finanzas públicas, tiene la facultad legal de proponer al ayuntamiento
las medidas o disposiciones tendientes a mejorar la hacienda municipal.
6. Que considerando que el Plan Municipal dentro del eje rector “Disfruta Corregidora” est ablece la construcción de nuevos
parques y jardines, así como la rehabilitación y protección del Río El Pueblito para elevar la c alidad de vida de las
personas y preservar el hábitat existente, contribuyendo a realizar acciones que mitiguen el cambio climático; la presente
administración municipal viene concertado con los diversos propietarios de terrenos colindantes a la zona federal del río
para disponer de las superficies necesarias para la construcción de parques y áreas recreativas.

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