Ley que reforma el artículo 198 del Código Penal para el Estado de Querétaro y reforma las fracciones VII y XXIII, y adiciona con una fracción XXIV el artículo 121 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro.

Extracto


Ley que reforma el artículo 198 del Código Penal para el Estado de Querétaro y reforma las fracciones VII y XXIII, y adiciona con una fracción XXIV el artículo 121 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro.

TOMO CXLIV Santiago de Querétaro, Qro., 30 de mayo de 2011 No. 31

LIC. JOSÉ EDUARDO CALZADA ROVIROSA,

Gobernador Constitucional del Estado de Querétaro, a los habitantes del mismo, sabed que:

LA QUINCUAGÉSIMA SEXTA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17, FRACCIÓN II, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO, Y

CONSIDERANDO

1.

Que la seguridad pública es una función a cargo de los tres órdenes de gobierno, de conformidad con lo que establece el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

SUMARIO

PODER LEGISLATIVO

Ley que reforma el artículo 198 del Código Penal para el Estado de Querétaro y reforma las fracciones VII y

XXIII, y adiciona con una fracción XXIV el artículo 121 del Código de Procedimientos Penales para el Estado

de Querétaro.

5589

INFORMES AL TELÉFONO 01(442) 238-50-00 EXTENSIONES 5677 Y 5682 O DIRECTAMENTE EN AV. LUIS PASTEUR NO. 3-A, CENTRO HISTÓRICO, SANTIAGO DE QUERÉTARO, QRO.

http://www2.queretaro.mx/disco2/servicios/LaSombradeArt...

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