Acuerdo para el Cierre Operativo del Programa de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares (PROCEDE), que celebran el Gobierno Federal y el Gobierno del Estado de Querétaro.

Pág. 642 PERIODICO OFICIAL 18 de febrero de 2005
los documentos correspondientes, efectúe los registros contables correctos y ejercite cualquier acción tendiente a solventar
las observaciones antes descritas, para que en el término de 30 días hábiles concluya sus solventaciones, lo anterior en los
términos y condiciones que fijan las leyes de la materia.
La documentación e información en la corrección de los procedimientos se entregará a este Poder Legislativo a través de la
Contaduría Mayor de Hacienda, dentro de los cinco días hábiles posteriores concluido el plazo señalado para solventacio-
nes.
TERCERO.- De las observaciones señaladas en el presente dictamen las siguientes son reincidentes:
1. En la observación número tres, descrita en el presente dictamen, se observó que la Entidad, en el período comprendido
del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2003; en virtud de que la Entidad presenta al 31 de diciembre de 2003, cheques
en transito con una antigüedad mayor a 6 meses, por un importe de $68,583.55 (Sesenta y ocho mil quinientos
ochenta y tres pesos 55/100 M. N.); lo anterior, en relación con la observación cinco del Dictamen de Cuenta Pública del
tercer trimestre de 2003.
2. En la observación número cuatro, descrita en el presente dictamen, se observó que la Entidad, en el período comprendi-
do del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2003 en virtud de que al 31 de diciembre de 2003, la Entidad no garantizó el
manejo de los caudales públicos; lo anterior, en relación con la observación tres del Dictamen de Cuenta Pública del
tercer trimestre de 2003.
3. En la observación número ocho, descrita en el presente dictamen, se observó que la Entidad, en el período comprendido
del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2003; en virtud de que la Entidad al 31 de diciembre de 2003, presentó saldos
con una antigüedad mayor a 6 meses en la cuenta contable de gastos a comprobar, del rubro de deudores diversos,
la mayoría fueron registrados en ejercicios anteriores y observados en su momento en auditorias practicadas por la
Contaduría Mayor de Hacienda, por un importe de $891,760.33 (Ochocientos noventa y un mil setecientos sesenta
pesos 33/100 M. N.); lo anterior, en relación con la observación ocho del Dictamen de Cuenta Pública del tercer trimestre
de 2003.
4. En las observaciones doce y catorce, descrita en el presente dictamen, se observó que la Entidad, en el período com-
prendido del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2003 en virtud de que la Entidad al 31 de diciembre de 2003, presentó
en el rubro de proveedores, saldos con una antigüedad mayor a 9 meses, por un importe de $1,244,881.09 (Un mi-
llón doscientos cuarenta y cuatro mil ochocientos ochenta y ocho pesos 09/100 M. N.), la mayoría fueron registra-
dos en ejercicios anteriores y observados en su momento en auditorias practicadas por la Contaduría Mayor de
Hacienda, asimismo presentó saldos con una antigüedad mayor a 9 meses en el rubro de Acreedores Diversos, por
un importe de $1,614,578.33 (Un millón seiscientos catorce mil quinientos setenta y ocho pesos 33/100 M. N.); lo
anterior, en relación con la observación trece del Dictamen de Cuenta Pública del tercer trimestre de 2003
5. En la observación número trece, descrita en el presente dictamen, se observó que la Entidad, en el período comprendido
del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2003, en virtud de que la Entidad presentó al 31 de diciembre de 2003 en la
cuenta contable Comisión Federal de Electricidad en el rubro de proveedores, un saldo por $453,235.04 (Cuatro-
cientos cincuenta y tres mil doscientos treinta y cinco pesos 04/100 MN) con una antigüedad mayor a 9 meses, del
cual la Entidad no ha realizado gestión alguna para su liquidación, cabe mencionar que dicha cantidad no coincide
con el estado de cuenta expedido por la Comisión Federal de Electricidad Nº DC-632-03 del 11 de noviembre de
2003, el cual señala un adeudo por la cantidad de $334,202.64. (Trescientos treinta y cuatro mil doscientos dos pe-
sos 64/100 M. N.); lo anterior, en relación con la observación catorce del Dictamen de Cuenta Pública del tercer trimestre
de 2003.
6. En la observación número diecisiete, descrita en el presente dictamen, se observó que la Entidad, en el período com-
prendido del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2003 en virtud de que la Entidad al 31 de diciembre de 2003, no efectuó
el pago de los impuestos por retenciones de ISR por sueldos y salarios, y retenciones del 10 por ciento por servi-
cios profesionales por un importe de $4,222,515.08 (Cuatro millones doscientos veintidós mil quinientos quince
pesos 08/100 M. N.), correspondientes a los meses de octubre de 2001 al 31 de diciembre de 2002 y de febrero a
septiembre de 2003; lo anterior, en relación con la observación quince del Dictamen de Cuenta Pública del tercer trimestre
de 2003.
7. En la observación número dieciocho, descrita en el presente dictamen, se observó que la Entidad, en el período com-
prendido del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2003; en virtud de que la Entidad, no proporcionó los elementos necesa-
rios para validar la base para la determinación y cobro del Impuesto Predial; lo anterior, en relación con la observación die-
ciocho del Dictamen de Cuenta Pública del tercer trimestre de 2003.
8. En la observación número diecinueve, descrita en el presente dictamen, se observó que la Entidad, en el período com-
prendido del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2003; en virtud de que la Entidad presentó una diferencia al 31 de di-

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