Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal del Municipio de Landa de Matamoros, Qro.

Extracto


Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal del Municipio de Landa de Matamoros, Qro.

GOBIERNO MUNICIPAL

El que suscribe

C. PROF. RAUL ZAVALA ARMENDARIZ, Secretario del H. Ayuntamiento de Landa de Matamoros, Qro., con fundamento en el Artículo No. 47, fracción IV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, hace constar y certifica, que en el Acta

No. 85, sesión ordinaria de cabildo, de fecha 15 de mayo de 2009, se encuentra el DECIMO PRIMER PUNTO mismo que a la letra dice:

DECIMO PRIMER PUNTO:

El presidente Municipal presenta y pone a consideración de este H. Ayuntamiento el Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal del Municipio de Landa de Matamoros, Qro., y por lo cual al efecto expone: --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

C. Lic. Norberto Jiménez Otero, Presidente Municipal de Landa de Matamoros, Querétaro, hace saber a sus habitantes que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 115 de la Constitución Política de los estados unidos mexicanos, 35 de la Constitución del Estado de Querétaro y 146, 147, 148, 149, 151, 152, 153, 154, 155 y demás relativos y aplicable de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro; y

CONSIDERANDO

Que es propósito fundamental del Gobierno Municipal impulsar una Administración Pública, moderna, integrada y flexible; capaz de atender a la ciudadanía de manera cercana, oportuna y eficiente.

Que para lograr el cumplimiento de esta política, se requiere de una mejor organización administrativa; basada en principios de: honestidad, transparencia, responsabilidad, vocación de servicio, sensibilidad y respeto.

Que, en este sentido, es necesario promover y mejorar el marco legal que permita establecer de manera ordenada, clara y congruente las competencias, facultades, objetivos, obligaciones y funciones de las dependencias, departamentos, órganos y áreas que integran la Administración Pública Municipal de Landa de Matamoros, Qro., así como de los titulares de las mismas.

Que a través de la reglamentación de la organización administrativa del Gobierno Municipal, se establecen las bases legales para concretar los manuales de organización y de procedimientos, a través de los cuales la ciudadanía identifique con claridad, tanto las funciones que le corresponden a cada dependencia como los procedimientos para la realización de trámites ante la autoridad municipal.

Por lo anteriormente expuesto, el H. Ayuntamiento de Landa de Matamoros, Qro., en Sesión Ordinaria de Cabildo, celebrada el día 15 de Mayo del año 2009, tuvo a bien aprobar y expedir el siguiente:

"REGLAMENTO INTERNO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE LANDA DE MATAMOROS, QRO."

TÍTULO I

OBJETO E INTEGRACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL

CAPÍTULO I

OBJETO

Artículo 1.-

El presente reglamento tiene por objeto fundamental regular la organización y funcionamiento de la Administración Pública del Ayuntamiento del Municipio de Landa de Matamoros, Querétaro, así como establecer las atribuciones, funciones y competencias de las dependencias y organismos de dicha Administración.

CAPÍTULO II

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 2.-

El Presidente Municipal es el titular de la Administración Pública Municipal. Para atender el despacho de los asuntos de su competencia se auxiliará de las dependencias y organismos previstos en la

Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, en este Reglamento y en las demás disposiciones jurídicas vigentes.

Artículo 3.-

El Presidente Municipal, previo acuerdo del Ayuntamiento y para el cumplimiento de los programas aprobados, podrá llevar a cabo la desconcentración administrativa que se requiera.

Artículo 4.-

El Presidente Municipal se auxiliará en el desempeño de sus facultades, de las siguientes dependencias y/o departamentos:

a) Secretaría Particular

b) Unidad jurídica

c) Unidad de Comunicación Social

d) Unidad de control y evaluación (contraloría)

e) Secretaría del Ayuntamiento

f) Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal

g) Dirección de tesorería Municipal

h) Dirección de Oficialía Mayor

i) Dirección de Desarrollo Urbano y Obras Públicas

j) Dirección de Servicios Públicos Municipales

k) Dirección de Desarrollo Rural Sustentable

l) Dirección de Desarrollo Social y Humano

m) Delegaciones y subdelegaciones Municipales

n) Instituto Municipal de Educación y Cultura

o) Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia (SMDIF).

Artículo 5.-

Son Funcionarios Públicos Municipales de Primer Nivel, los titulares de los departamentos, direcciones, unidades, secretarías, dependencias, órganos e instituciones siguientes:

a) Secretaría del Ayuntamiento

b) Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal

c) Dirección de tesorería Municipal

d) Dirección de Oficialía Mayor.

e) Dirección de Desarrollo Urbano y Obras Públicas.

f) Dirección de Servicios Públicos Municipales

g) Dirección de Desarrollo Rural Sustentable

h) Dirección de Desarrollo Social y Humano.

Artículo 6.-

El nombramiento de: Se...

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