Informe del resultado de la fiscalización superior de la cuenta pública de la entidad denominada Instituto de Infraestructura Física Educativa del Estado de Querétaro (IIFEQ), correspondiente al periodo comprendido del 01 de julio al 31 de diciembre de 2010.

Pág. 3814 PERIÓDICO OFICIAL 30 de marzo de 2012
35. Derivado de la revisión al expediente presentado por la Entidad fiscalizada correspondiente a la obra Reemplazo de l a
línea de conducción del Sistema Poniente en el cruce de Av. 5 de Febrero, Col. San Antonio de la Punta, Z.M.Q., con
número de cuenta 186-01-07-10-53-00-000000, del Programa de Agua Potabl e, Alcantarillado y Saneamiento en Zonas
Urbanas (APAZU), a través del Contrato de Obra Pública a Precios Unitarios CEA-APA-DC-10-OP-088-FL celebrado con la
empresa Tecnología Arquitectónica Constructiva, S.A. de C.V., se encontró que en fecha del 13 de octubre de 2010, es
decir, en la fecha contratada para el inicio de los trabajos, se emitieron 2 oficios por parte de la Entidad fiscalizada dirigidos
a las empresas de MaxiGas Natural y Telmex para solicitar la colaboración de las mismas y les fuera proporcionada la
información de la infraestructura existente de gas natural y telefonía en el sitio de los trabajos, para considerar interferencias
en las trayectorias de la tubería de proyecto, aún cuando no se tuvo retraso en la ejecución de la obra se emite la siguiente
recomendación. Se recomienda a la Entidad fiscalizada implementar las medidas necesarias para que se cuente con mayor
tiempo al obtener la información necesaria de infraestructura existente en el sitio de las obras a ejecutar y así sean
consideradas en la elaboración del proyecto ejecutivo correspondiente.
36. Derivado de la revisión al expediente presentado por la Entidad fiscalizada correspondiente a la obra Reemplazo de l a
línea de conducción del Sistema Poniente en el cruce de Av. 5 de Febrero, Col. San Antonio de la Punta, Z.M.Q., con
número de cuenta 186-01-07-10-53-00-000000, del Programa de Agua Potabl e, Alcantarillado y Saneamiento en Zonas
Urbanas (APAZU), a través del Contrato de Obra Pública a Precios Unitarios CEA-APA-DC-10-OP-088-FL celebrado con la
empresa Tecnología Arquitectónica Constructiva, S.A. de C.V., se tiene que en la propuesta del licitante ganador, en su
documento C5 manifestó que no subcontrataría parte de los trabajos. Sin embargo, se detectó un documento de queja de la
empresa Especialistas en protección preparación de superficies Sand Blast, dirigido a la Entidad fiscalizada, en el cual
solicita su apoyo debido a que fue sub-contratada y ejecutó trabajos en la obra en cuestión y no les cubrió un adeudo. Por lo
anterior, se recomienda a la Entidad fiscalizada implementar las medidas necesarias para hacer cumplir a los contratistas
las condiciones propuestas y contratadas de sub-contratación y así evitar conflictos con terceros.
37. Der ivado de la revisión al expediente presentado por la Entidad fiscalizada corres pondiente a la obra Reemplazo de
línea de conducción de agua potable del Rebombeo Los Olvera a Tanque Colinas del Bosque, Mpio. Corregidora, Qro, con
número de cuenta 186-01-07-10-04-00-000000, del Programa de Agua Potabl e, Alcantarillado y Saneamiento en Zonas
Urbanas (APAZU), a través del Contrato de Obra Pública a Precios Unitarios CEA-APA-DC-10-OP-007-FI celebrado con la
empresa Desarrollo, Arquitectura y Urbanismo, S.A. de C.V., se encontró que la adjudicación del contrato respectivo se
efectuó hasta un tercer procedimiento de Invitación Restringida a Cuando Menos Tres Personas, debido a qu e en dos
ocasiones previas se declaró desierto por incumplimiento de los contratistas invitados. Pero, se encontró que un mismo
contratista, Explo Querétaro, S.A. de C.V., fue invitado en la primera convocatoria y su propuesta incumplió con lo requerido
en la misma, sin embargo, para la segunda convocatoria se le volvió a invitar aún y cuando se tenía ya antecedente
inmediato de su no cumplimiento y en la segunda convocatoria éste contratista no acudió a dicho procedimi ento, no
presentando propuesta. Por lo anterior, se recomienda a la Entidad fiscalizada implementar las medidas necesarias para
que reconsidere emitir en convocatorias posteriores a procedimientos previamente declarados como desiertos, a licitantes
que en dichos procedimientos incumplieron con los requisitos exigidos originalmente y que vuelven a fallar de nueva cuenta
en las convocatorias inmediatas.
38. Derivado de la visita efectuada el día 23 de septi embre de 2011, en conjunto con el personal asignado por la Entidad
fiscal izada correspondiente a la obra Rehabilitación de línea de conducción para agua potable, del sistema Pie de Gallo
(Estancia De La Rochera y La Carbonera), Mpio. de Querétaro, con número de cuenta 186-01-12-10-07-00-00 0000, del
Programa para la Construcción y Rehabilitación del Sistema de Agua Potable y Saneamiento en Zonas Rurales
(PROSSAPYS), a través del Contrato de Obra Pública a Precios Unitarios CEA-PRO-DC-10-OP-019-FL celebrado con la
empresa Maqco Plain, S.A. de C.V., se encontró que en un tramo de aproximadamente 190 metros lineales se produjo un
deslave del camino rural por el cual pasa la línea de conducción motivo de la obra ejecutada, quedando expuesta la tubería
de acero colocada. Por lo anterior, se recomienda a la Entidad fiscalizada implementar las medidas necesarias para que se
proteja la tubería expuesta y así evitar daños a la misma que deriven en averías en la operación y los elementos del sistema
de agua potable de la obra ejecutada.
VI. Instrucción
En cumplimiento a lo señalado en el artículo 97 de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro,
esta Entidad Superior de Fiscalización instruye a la Entidad Fiscalizada a efecto de que inicie los procesos administrativos
cuando procedan en los términos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Querétaro, y así
mismo, se lleven a cabo las correcciones en las irregularidades detectadas, con motivo de las observaciones p lasmadas en
el presente Informe.
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Con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 44 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado d e Querétaro,
se instruye a la Entidad Fiscalizada, a que dentro de un plazo improrrogable de 45 días hábiles contados a p artir de la
notificación del presente, informe por escrito a esta Entidad Superior de Fiscalización del Estado referen te al seguimiento de
las acciones implementadas con motivo de las observaciones plasmadas en el presente, y en su caso, el fincamiento de
responsabilidad a que han sido merecedores los involucrados.
VII. Conclusión
Por lo anteriormente expuesto y fundado, podemos concluir que la Situación Financiera de la Entidad denominada
Comisión Estatal de Aguas, correspondiente al periodo comprendido del 1º de julio al 31 de diciembre de 2010, se
encuentra razonablemente correcta, en apego a las disposiciones legales aplicables a los Postulados Básicos de
Contabilidad Gubernamental y a las bases de registro de la Entidad, con excepción de las observaciones que han quedado
precisadas en el cuerpo del presente.
El presente informe contiene el resultado de la fiscalización de la Entidad denominada Comisión Estatal de Aguas,
respecto al periodo comprendido del 01 de julio al 31 de diciembre de 2010, por la Entidad Superior de Fiscalización d el
Estado, cuyo contenido es responsabilidad de la misma.
ATENTAMENTE.
C.P.C. RAFAEL CASTILLO VANDENPEEREBOOM
AUDITOR SUPERIOR DEL ESTADO
Rúbrica
C E R T I F I C A C I Ó N
El Diputado Juan José Jiménez Yáñez, Primer Secretario de la Mesa Directiva de la LVI Legislatura del Estado de
Querétaro, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 131 fracción IV y 133 primer párrafo de la Ley Orgánica del
Poder Legislativo del Estado de Querétaro. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - C E R T I F I C A - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Que las presentes copias fotostáticas concuerdan fiel y exactamente con las originales de las que son deducidas, mismas
que obran en los archivos de esta Legislatura del Estado de Querétaro y que van en ochenta y cinco (85) fojas útiles,
sirviendo para los efectos legales a que haya lugar. Es dada en la Ciudad de Santiago de Quer étaro, Qro., a los veintidós
días del mes de febrero del año dos mil doce.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
QUINCUAGÉSIMA SEXTA LEGISLATURA
DEL ESTADO DE QUERÉTARO.
MESA DIRECTIVA
DIP. SALVADOR MARTÍNEZ ORTIZ
SEGUNDO SECRETARIO
Rúbrica

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