Acuerdo por el que con fundamento en el artículo 38 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro Arteaga, se interpreta el contenido y el alcance del Artículo Sexto Transitorio de la Ley del Impuesto Predial de los Municipios del Estado de Querétaro.

Extracto


Acuerdo por el que con fundamento en el artículo 38 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro Arteaga, se interpreta el contenido y el alcance del Artículo Sexto Transitorio de la Ley del Impuesto Predial de los Municipios del Estado de Querétaro.

ARTÍCULO PRIMERO. Este Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación por el Pleno de la Quincuagésima Cuarta Legislatura del Estado de Querétaro.

ARTÍCULO SEGUNDO.

Publíquese en los periódicos de mayor circulación del Estado de Querétaro, así como en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado "La Sombra de Arteaga" y túrnese a los Ayuntamientos de los Municipios del Estado para su cumplimentación.

ARTÍCULO TERCERO.

Gírense instrucciones a la Entidad Superior de Fiscalización del Estado para que, en la revisión de las cuentas públicas municipales, se cerciore...

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