Decreto que reforma el artículo tercero y deroga el artículo cuarto transitorio del Decreto que autoriza al Titular del Poder Ejecutivo del Estado, para enajenar a título gratuito, a favor de la Asociación Pro-Guarderías de Tequisquiapan, A.C., el inmueble marcado con el número 1 de la calle Olivo, Colonia Vista Hermosa, Municipio de Tequisquiapan, Querétaro, que tiene una superficie de 1,779.136 metros cuadrados.

Extracto


Decreto que reforma el artículo tercero y deroga el artículo cuarto transitorio del Decreto que autoriza al Titular del Poder Ejecutivo del Estado, para enajenar a título gratuito, a favor de la Asociación Pro-Guarderías de Tequisquiapan, A.C., el inmueble marcado con el número 1 de la calle Olivo, Colonia Vista Hermosa, Municipio de Tequisquiapan, Querétaro, que tiene una superficie de 1,779.136 metros cuadrados.

Artículo Sexto.

La Escritura Pública correspondiente deberá celebrarse en los términos que señala el último párrafo del artículo 20 de la Ley Orgánica de la Administración Pública, con los Representantes Legales de la Asociación.

Artículo Séptimo.

Efectuada la enajenación, la Oficialía Mayor del Poder Ejecutivo, procederá a la cancelación del registro e inventario del bien inmueble enajenado.

Artículo Octavo.

La donataria deberá cumplir con los requisitos legales, a efecto de recibir la donación que el presente Decreto autor...

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