Dictamen Técnico que autoriza la denominación como 'Villas de La Carambada', para el fraccionamiento de tipo popular que se pretende desarrollar en la Fracción 1, resultante de la subdivisión de un inmueble ubicado en la Ex Hacienda La Capilla, Delegación Municipal Felipe Carrillo Puerto de esta ciudad de Querétaro; así como la autorización de la Licencia de Ejecución de Obras de Urbanización del citado fraccionamiento. Municipio de Querétaro, Qro.

Pág. 4228 PERIÓDICO OFICI AL 17 de febrero de 2017
GOBIERNO MUNICIPAL
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN V INCISOS B), D) Y F) DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 1, 7 Y 35 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE
QUETARO; 9° FRACCIONES II, X Y XII DE LA LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS; 30 FRACCIÓN II
INCISO D Y F, DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUETARO; 4 DE LA LEY DE
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 1°, 11 , 12, 13 FRACCIÓN III, 14
FRACCIONES I, II, III, IV, VI, VII, X, XIV Y XV, 15 FRACCIONES I, 1 6, 184, 186, 18 7, 190 Y 196 DEL CÓDIGO URBANO
DEL ESTADO DE QUETARO; 73 FRACCIONES I Y V, DEL CÓDIGO MUNICIPAL DE QUETARO; ASÍ COMO AL
ACUERDO CUARTO FRACCIÓN I PUNTO I.I, DEL ACUERDO TOMADO POR EL H. AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO
EN SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO DE FECHA 13 (TRECE) DE OCTUBRE DEL 2015 (DOS MIL QUINCE),
PUBLICADO EN LA GACETA MUNICIPAL DE FECHA 20 DE OCTUBRE DE 2015 (DOS MIL QUINCE) AÑO I NO. 1
TOMO II, MEDIANTE EL CUAL EL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE QUERÉTARO, DELEGA ENTRE OTRAS
FACULTADES A ESTA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO, PLANEACIÓN URBANA Y ECOLOGÍA, LA
EMISIÓN DE LA AUTORIZACIÓN EN MATERIA DE FRACCIONAMIENTOS.
CONSIDERANDOS
1. Constitucion almente corres ponde a los m unicipios , en los términ os de las leyes federales y estatales relativas:
a. Formular, apro bar y admini strar la zonificación y planes de des arrollo urbano m unicipal; y
b. Autorizar, controlar y vigilar la utilización del su elo, en el ámbito de s u competencia , en sus jurisdiccio nes territorial es.
Lo an terior encu entra su fundame nto en el artículo 115 fracción V, incisos a y d, de la Constitució n Política de los Estado s
Unidos Mexicanos.
2. Una de las leyes federal es a l as que se encue ntra constreñi da la facultad municip al contenida en di cha dispos ición
constituci onal, es la Ley General de Asen tami entos Humanos, que expresamente señala en el último párrafo de su artícul o 9
que los muni cipios ejercerán sus atribu ciones en materia de desarrollo urbano a través de los cabild os de los ayuntamientos
o con el control y evaluación de és tos.
3. Por s u parte la Le y Orgánica Municip al del Estado de Querétaro, señ ala en su artículo 30 fracción I, que los
ayuntamien tos son competentes para organizar su funcio namiento y estructura, para regu lar en forma sus tantiva y adjetiva
las materi as de su competencia, a través de bandos , reglam entos, decretos , acuerdos, circulares y demá s docum entos que
contengan disposiciones adm inistrativas de ob servancia general y obliga toria en el m unicipio, determ inando su vigenci a y
permanencia.
De igual forma el ordenam iento legal en cita, estab lece en el mis mo nume ral pero en su fracción II incis os a) y d), que los
ayuntamien tos en los términos de las leyes federale s y estatale s relativas, son com petentes para aprob ar la zonificació n y
autorizar y vigilar la utilización del sue lo, en el ámbito de s u competencia.
4. En virtud de lo an terior e l H. Ayuntami ento de Querétaro, medi ante Acuerdo tom ado en Sesión Ordin aria de Cabildo de
fecha 13 de octubre de 2003, creó a la Secre taría de Des arrollo Sustentable, actualme nte Secretaría de D esarrollo
Económ ico, Planeación Urba na y Ecología; y le ha otorgado, entre otras , las s iguientes facultades y atribuciones :
a) El Códi go Municipal de Querétaro, es tablece en su artículo 73 fracción I, que la Secretaría de De sarrollo Sus tentable,
actualm ente Secretaría de Desarrollo Econó mico, Planeación Urba na y Ecología del Municipi o d e Que rétaro, e s la
encargad a d e re gular el o rdenado crecimiento urbano munici pal, corres pondiéndo le entre otros, el ej ercicio d e las
atribucion es que en materia de planificació n urbana y zonificació n, consign a la fracción V del artículo 115 de la Co nstitució n
Federal, Cons titución Política del Estado de Querétaro, preceptos consig nados en el Códig o Urban o del Estado de
Querétaro, y demá s dispos iciones le gales y reglame ntarias.
b) Mediante Acuerdo de Cabildo de fecha 13 (trece) de octubre del 2015 (dos m il quince), publi cado en la Gaceta Municipal
de fecha 20 de octubre de 20 15 (dos mil qui nce) año I no. 1 tomo II, me diante el cu al el Ayuntamien to del Municipio de
Querétaro, delega en tre otras facultades a esta Se cretaría de Desarrol lo Econó mico, Pl aneación Urbana y Ecolog ía
muni cipal, la emis ión de la autorización e n materia de fraccionam ientos, es tableciendo textualm ente lo siguien te:
“… ACUERDO
TERCERO. El Hono rable Ayuntam iento delega al Titular de la Secretaría de Des arrollo Económico, Planeaci ón Urbana y
Ecología Municipa l, el ejerci cio de las facultades siguie ntes:
I.- En mate ria de fraccionamientos:

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