Acuerdo por el que se aprueba el dictamen relativo a la Cuenta Pública del Municipio de Landa de Matamoros, Querétaro, correspondiente al periodo comprendido del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2003.

18 de febrero de 2005 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 563
Obra Federal 2,402,214.66 17.92%
Transferencias 3,402,254.92 25.38%
Total de Egresos 13,406,641.02 100.00%
8. Como resultado de la revisión de la cuenta pública, se determinaron las siguientes:
OBSERVACIONES
1. Incumplimiento, por parte del Encargado de la Administración de Servicios Internos, Recursos Humanos, Materiales y
Técnicos del Municipio, a los artículos 49, 50 fracción VII, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, y 40 frac-
ciones I, II y XXII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Querétaro; en virtud de que la
entidad fiscalizada al 31 de diciembre de 2003 no tiene identificado su inventario de bienes muebles con número de
serie y de factura, así como depurado de los bienes que ya se encuentran en estado obsoleto.
2. Incumplimiento, por parte del Encargado de las Finanzas Públicas Municipales y Encargado de la Administración de Ser-
vicios Internos, Recursos Humanos, Materiales y Técnicos del Municipio, a los artículos 48 fracciones IV, V y IX, 49 y 50
fracción VII, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, 18 de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de
Hacienda, 18, 81 y 114 de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del estado de Querétaro y 40 fracciones I, II y
XXII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Querétaro; en virtud de que el Municipio al
31 de diciembre de 2003 no presentó documentación a la Contaduría Mayor de Hacienda, que acredite la situación
legal en que se encuentran dos predios rústicos relacionados en su inventario por un importe de $34,500.00 (Treinta
y cuatro mil quinientos pesos 00/100 M. N,).
3. Incumplimiento, por parte del encargado de las Finanzas Públicas Municipales, a los artículos 48 fracciones IV y XIII de la
Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro,127 de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Que-
rétaro, 40 fracciones I, II, III y XXII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Querétaro; en
virtud de que la entidad fiscalizada erogó pagos por recargos y actualizaciones de retenciones salariales que no
fueron enteradas oportunamente por un importe de $1,682.00, (Un mil seiscientos ochenta y dos pesos 00/100 M.
N.), y que no fueron reintegradas a la Tesorería Municipal.
4. Incumplimiento, por parte del encargado de las Finanzas Públicas Municipales, a los artículos 48 fracciones II, III y IV 93 y
105 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, 40 fracciones I, II y XXII de la Ley de Responsabilidades de los
Servidores Públicos del Estado de Querétaro; en virtud de que la entidad fiscalizada al 31 de diciembre de 2003 tenía
en su relación de predios urbanos y rústicos cuentas por cobrar del ejercicio de 2003 y ejercicios anteriores, co-
rrespondientes a impuesto predial por un monto de $3,020,127.20, (Tres millones veinte mil ciento veintisiete pesos
20/100 M. N.).
5. Incumplimiento, por parte del Director de Obra Pública y del encargado de la Dependencia encargada de la Administra-
ción de Servicios Internos, Recursos Humanos, Materiales y Técnicos del Municipio, a los artículos 49, 50 fracciones V, VII,
X y XIX de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, 14 fracciones II y IV de la Ley de Obras Públicas del Estado
de Querétaro, 40 fracciones I, II y XXII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Querétaro
y Acuerdo de Coordinación en Materia de Desarrollo de Infraestructura y Equipamiento Deportivo 2003 celebrado entre el
Gobierno Federal y el Gobierno del Estado de Querétaro; en virtud de haber realizado en el trimestre octubre a diciem-
bre de 2003 obra pública con recursos federales en predio urbano en el que no se contaba con escritura pública a
nombre del Municipio, por un importe de $918,850.15, (Novecientos dieciocho mil ochocientos cincuenta pesos
15/100 M. N..)
6. Incumplimiento, por parte del Encargado de las Finanzas Públicas Municipales, a los artículos 48 fracciones IV y X, de la
Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, 127 de la Ley Para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de
Querétaro, 40 fracciones I, II y XXII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Querétaro, en
virtud de haber realizado pagos por multas a la Comisión Nacional del Agua como consecuencia de no haber ob-
servado lo que se establece la fracción XV del articulo 119 de la Ley de Aguas Nacionales referente a llevar un con-
trol de los materiales extraídos por un importe de $7, 783.00, (Siete mil setecientos ochenta y tres pesos 00/100 M.
N.).
7. Incumplimiento, por parte del Encargado de la Administración de Servicios Internos, Recursos Humanos, Materiales y
Técnicos del Municipio, a los artículos 52 y cuarto transitorio de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y
Contratación de Servicios del Estado de Querétaro, 50 fracciones V y VI de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Queré-
taro y 40 fracciones I, II y XXII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Querétaro; en vir-
tud de que la entidad fiscalizada no presentó su Reglamento para la integración y funcionamiento del Comité de
Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios.

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