Decreto por el que se concede jubilación al C. Juan Hurtado García.
Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro núm. 41, 15 de Junio de 2007 › Querétaro › PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA
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Decreto por el que se concede jubilación al C. Juan Hurtado García.
3.
Que la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado y Municipios dispone que un trabajador tiene derecho a la pensión por vejez en los casos que la propia Ley señala, por ende es un derecho irrenunciable e imprescindible. Asimismo, el artículo 129 de la misma Ley señala que corresponde a la Legislatura del Estado de Querétaro resolver sobre las solicitudes de pensión que le sean solicitadas, una vez que se encuentren debidamente reunidos los requisitos e integrados los documentos respectivos. 4. Que es de reconocido derecho que si un trabajador acumula los años...Ver el contenido completo de este documento
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