Ley que reforma los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 11 y 12 relativos al Capítulo Único del Título Primero de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro Arteaga.

Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro núm. 2, 12 de Enero de 2007Querétaro › COMISIÓN ESTATAL DE INFORMACIÓN GUBERNAMENTAL DEL EDO. DE QUERÉTARO

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Ley que reforma los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 11 y 12 relativos al Capítulo Único del Título Primero de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro Arteaga.

LIC. FRANCISCO GARRIDO PATRÓN,

Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Querétaro Arteaga, a los habitantes del mismo, sabed que:

LA QUINCUAGÉSIMA QUINTA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 40 Y 103 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUERÉTARO ARTEAGA, Y

CONSIDERANDO

1.

Si bien la Constitución Política del Estado es considerada rígida en sentido teórico, al exigir para su reforma una serie de requisitos cuya factibilidad política cada vez es más difícil de lograr, continúa requiriendo importantes modificaciones, y nos seguirá presionando aun más para continuar con los cambios que esta nos exija.

2.

Que la Constitución debe cambiarse conforme a las necesidades y aspiraciones que se adecuen a nuestra sociedad, conjugán-dose los intereses de todos y para todos

3.

Que los Poderes del Estado convocaron a una mesa denominada la Reforma del Estado para abrir este importante proceso de reforma del marco legal a los ciudadanos; conforme a la metodología aprobada por los integrantes de ...

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