Ley que reforma los artículos 14, 17 y 38, y deroga el artículo 37 de la Ley de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Estado de Querétaro.

Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro núm. 51, 26 de Septiembre de 2008Querétaro › COMISIÓN ESTATAL DE INFORMACIÓN GUBERNAMENTAL DEL EDO. DE QUERÉTARO

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Ley que reforma los artículos 14, 17 y 38, y deroga el artículo 37 de la Ley de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Estado de Querétaro.

LIC. FRANCISCO GARRIDO PATRÓN,

Gobernador Constitucional del Estado de Querétaro, a los habitantes del mismo, sabed que:

LA QUINCUAGÉSIMA QUINTA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 17 FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, Y

CONSIDERANDO

1.

Que el objeto de la presente reforma es estudiar diversas manifestaciones en relación con los derechos fundamentales de las personas que se encuentran internas en centros penitenciarios. El internamiento de un ciudadano establece una relación de sujeción especial a un poder administrativo autónomo. Por lo que, el ejercicio de ese poder ha de estar sujeto a normas legales de estricta observancia, encontrándose además limitado, por la finalidad propia de dicha relación conforme al valor preferente de los derechos fundamentales del recluso.

2.

Que toda persona privada de la libertad, debe ...

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