Acuerdo que aprueba el Plan Municipal de Desarrollo de El Marqués, Querétaro, para la Administración Municipal 2015-2018.

Pág. 28398 PERIÓDICO OFICIAL 25 de diciembre de 2015
GOBIERNO MUNICIPAL
EL CIUDADANO LICENCIADO GASPAR ARANA ANDRADE, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN
USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 47, FRACCION IV, DE LA LEY ORGANICA
MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERETARO.
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 02 de Diciembre de 2015, el H. Ayuntamiento de El Marqués
aprobó el Plan Municipal de Desarrollo de El Marqués, para la Administración Municipal 2015-2018, de la forma
siguiente:
“…CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 1, 2, 3, 8, 15, 28, 29 FRACCIÓN IV, 45, 46, 47, DE LA LEY DE
PLANEACIÓN DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 2, 30, 116, 117, 118 Y 119 DE LA LEY ORGÁNICA
MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 29, 30 Y 43 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL MUNICIPIO
DE EL MARQUÉS; Y EN BASE A LOS SIGUIENTES
ANTECEDENTES
1.- En fecha 26 de noviembre de 2015 se recibió el oficio número STE/0081/2015 mediante el cual la Arq.
Miryam Mandujano Reséndiz, Secretaria Técnica, remite el Plan Municipal de Desarrollo de El Marqués,
Querétaro, para la Administración Municipal 2015-2018 y solicita se someta a consideración y aprobación del
Ayuntamiento de El Marqués.
CONSIDERANDO
1. Que los Ayuntamientos están facultados para organizar y conducir la Planeación del Desarrollo del
Municipio y establecer los medios para la consulta ciudadana y la participación social, de conformidad con
los términos dispuestos por las leyes federales y estatales relativas, lo cual constituye una función
indispensable de los gobiernos, al prever y determinar las prioridades que inciden en el mejoramiento
económico, político y social de la población.
2. Que la fracción VII del artículo 30 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro señala que el
Ayuntamiento es competente para aprobar y evaluar el cumplimiento de los planes y programas
municipales, mediante los órganos y dependencias creadas para tal efecto, siendo el Presidente Municipal
el responsable de coordinar este proceso.
3. Que de conformidad con las disposiciones de la Ley de Planeación del Estado de Querétaro, el
Ayuntamiento es la autoridad encargada de la aprobación del Plan Municipal de Desarrollo, siendo el
órgano rector del proceso de planeación del Municipio el Comité de Planeación para el Desarrollo
Municipal.
4. Que el Plan Municipal de Desarrollo expresa las políticas, estrategias y líneas de acción generales en
materia económica, social y política para fomentar el desarrollo integral y orientar la acción del gobierno
municipal y los sectores privado y social hacia este fin. Se formula conjuntando las propuestas presentadas
por los distintos sectores del municipio, así como los documentos e informes sobre la situación
prevaleciente en el mismo y sus perspectivas de desarrollo.
5. Que en razón de lo anterior, el Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal elaboró el Plan
Municipal de Desarrollo de El Marqués, Querétaro, para la Administración Municipal 2015-2018,
documento que se relaciona como anexo 1 del presente instrumento y que forma parte integrante del
mismo, el cual se basa en 4 ejes rectores generadores de progreso, siendo: Infraestructura y Equipamiento
Urbano para El Marqués; Crecimiento Sustentable y Sostenible para El Marqués; Calidad de vida y
Bienestar Social para El Marqués; Seguridad y Estado de Derecho para El Marqués; y Buen Gobierno y
Gobernanza para El Marqués.
25 de diciembre de 2015 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 28399
Bajo los principios y ejes rectores plasmados en dicho documento se desarrollará la planeación
integral del Municipio de El Marqués, impactando de manera determinante en el bienestar y la calidad de
vida de los habitantes de El Marqués, proponiendo estrategias, programas y líneas de acción que
generarán políticas públicas que den respuesta eficaz y eficiente a la ciudadanía; propugnando por la
calidad y oportunidad de las obras, acciones y servicios, incluyendo la participación activa de los
beneficiarios directos. Asimismo la rendición de cuentas se considera como una obligación con la que está
comprometida la Administración Municipal…”
Por lo anteriormente expuesto, se aprobó por parte del H. Ayuntamiento de El Marqués, el siguiente:
“…ACUERDO:
PRIMERO. Se aprueba el Plan Municipal de Desarrollo de El Marqués, Querétaro, para la Administración
Municipal 2015-2018 a que hace referencia el considerando número 5, del presente instrumento, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 29 fracción IV, 46, 47 de la Ley de Planeación del Estado de
Querétaro; 117, 118 y 119 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro.
SEGUNDO. Los diversos compromisos, programas, acciones y proyectos estipulados en el Plan Municipal de
Desarrollo o que se deriven de él, deberán ser ejecutados y actualizados durante el desarrollo de la gestión
municipal y son de orden obligatorio para todas las Dependencias, Entidades, Organismos, Unidades y demás
Áreas de la Administración Pública. Cuando lo demande el interés social o lo requieran las circunstancias,
podrán ser reformados o adicionados a través del mismo procedimiento que se siguió para su aprobación.
TERCERO. De conformidad a lo que establece el artículo 29 de la Ley de Planeación del Estado de Querétaro,
al Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal le corresponderá, entre otras facultades: llevar a cabo la
evaluación y el seguimiento del Plan Municipal de Desarrollo y sus programas.
TRANSITORIOS
1.- El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de su aprobación por parte del Honorable Ayuntamiento d e El
Marqués, Querétaro.
2.- Publíquese el Plan Municipal de Desarrollo de El Marqués, Querétaro, para la Administración
Municipal 2015-2018 en la Gaceta Municipal y en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado de Qu erétaro “La
Sombra de Arteaga”.
3.- Se instruye al Secretario del Ayuntamiento para que notifique el presente Acuerdo a la Secretaría de
Finanzas Públicas y Tesorería Municipal, Secretaría de Desarrollo Humano, Secretaría de Desarrollo
Económico, Secretaría de Administración, Dirección de Comunicación Social, Contraloría Municipal y al Comité
de Planeación para el Desarrollo Municipal.
ANEXO
PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO
2015-2018
El MARQUÉS
GENERADORES DE PROGRESO
El Marqués, Querétaro, diciembre del 2015
Pág. 28400 PERIÓDICO OFICIAL 25 de diciembre de 2015
CONTENIDO
MENSAJE DEL PRESIDENTE MUNICIPAL
Mario Calzada Mercado
Presidente Municipal
2015-2018
ESTRUCTURA DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE EL MARQUÉS
H. Ayuntamiento del Municipio de El Marqués
Administración Municipal
Delegaciones
I. Antecedentes
A) Toponimia de El Marqués
B) Localización geográfica
C) Dinámica poblacional
D) Infraestructura social y de comunicaciones
E) Actividad económica y empleo
ESTRUCTURA DEL PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO
CAPÍTULO I.-
1.1 Presentación del Plan Municipal de Desarrollo El Marqués 2015-2018
1.2 Marco jurídico
1.3 Diálogos y propuestas desde la sociedad
CAPÍTULO II.- PROYECTO DE GOBIERNO 2015-2018
2.1.- Misión y Visión general de la Administración
2.2.- Principios
2.3.- Valores

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