Acuerdo por el que se modifica los Coeficientes de Ocupación de Suelo (COS), los Coeficientes de Utilización de Suelo (CUS), y la restricción de altura, para el predio identificado como Lote CS-13-4, localizado en el desarrollo 'Centro Sur', Delegación Municipal Josefa Vergara y Hernández, Municipio de Querétaro, Qro.

18 de abril de 2014 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 4749
GOBIERNO MUNICIPAL
LICENCIADA HARLETTE RODRIGUEZ MENINDEZ, SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO, EN EJERCICIO
DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 47 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA
MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 20 FRACCIÓN IX DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL
AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO,
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 18 dieciocho de febrero de 2014 dos mil catorce, el
Ayuntamiento del Municipio de Querétaro en el punto 3.6.12 tres punto seis punto doce del Orden del día,
aprobó por unanimidad de votos, el Acuerdo por el que se modifica los coeficientes de ocupación de suelo
(COS), los coeficientes de utilización de suelo (CUS), y la restricción de altura, para el predio identificado como
Lote CS-13-4, localizado en el desarrollo “Centro Sur”, con superficie de 5,243.03 m2, Delegación Municipal
Josefa Vergara y Hernández, para la instalación de oficinas corporativas administrativas y sucursal, así como la
edificación para desarrollar un estacionamiento, el que textualmente señala:
“CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 115 FRACCIONES I PRIMER PÁRRAFO, II Y V INCISOS A Y D DE
LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 1, 2, 30 FRACCIÓN II INCISO D,
38 FRACCIÓN VIII DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 1 FRACCIÓN II, 28
FRACCIÓN IV Y 326 DEL CÓDIGO URBANO PARA EL ESTADO DE QUERÉTARO; 25, 28 FRACCION II Y
34 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO, Y
C O N S I D E R A N D O
1. El artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los
Municipios están investidos de personalidad jurídica y manejan su patrimonio; en esa misma disposición
constitucional y en el artículo 30 fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro se contempla
que, los Ayuntamientos, como órgano de gobierno de aquéllos, son competentes para aprobar los bandos de
policía y gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus
respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, que regulen las materias,
procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y que aseguren la participación ciudadana y
vecinal.
2. En términos de lo que establece la fracción V, incisos a y d, del precepto constitucional citado, los Municipios,
están facultados para formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de Desarrollo Urbano Municipal,
así como autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus
jurisdicciones territoriales.
3. El Coeficiente de Utilización de Suelo se refiere a la actividad específica a la que se encuentra dedicado o se
pretende dedicar un predio atendiendo a su conformación física, crecimiento de los centros poblacionales, a los
cambios económicos, sociales y demográficos, entre otros, teniendo la posibilidad de modificación debido a
éstas u otras circunstancias.
4. Mediante escritos dirigidos a la Secretaría del Ayuntamiento, la persona moral denominada “Caja Gonzalo
Vega” Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada solicita la modificación de los Coeficientes de
Ocupación de Suelo (COS), los Coeficientes de Utilización de Suelo (CUS), y la restricción de altura, para el
predio identificado como Lote CS-13-4, localizado en el desarrollo “Centro Sur”, con superficie de 5,243.03 m2,
Delegación Municipal Josefa Vergara y Hernández, para la instalación de oficinas corporativas administrativas y
sucursal, así como la edificación para desarrollar un estacionamiento, radicándose tales escritos en la
Secretaría del Ayuntamiento, bajo el expediente número 65/DAI/2013.
5. Se acredita le legal existencia de la persona moral denominada “Caja Gonzalo Vega” Sociedad Cooperativa
de Responsabilidad Limitada mediante Escritura Pública número 706 de fecha 31 de julio de 1997, pasada ante
la fe del licenciado Jose Luis Gallegos Pérez, Notario Público títular número 31 de esta Demarcación Notarial,
inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Querétaro bajo el Folio Mercantil
número 1990 de fecha 21 de diciembre de 2005.

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