April 14, 2004
Querétaro
- Aviso a los Fedatarios Públicos retenedores del Impuesto Sobre la Renta por la Enajenación de Terrenos, Construcciones o Terrenos y Construcciones.
- Acuerdo mediante el cual el Secretario de Planeación y Finanzas, delega la facultad establecida en el artículo 26 del Código Fiscal del Estado, al Procurador Fiscal del Estado, para resolver acerca de las exenciones de impuestos, derechos y contribuciones especiales que soliciten, el Estado, la Federación y los Municipios.